SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1497/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1497/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

Fragmento 39

                   Situación en la que este Tribunal, por la evidente colisión de derechos, efectuando la respectiva ponderación, concluyó: "Tomando en cuenta que, (…) al momento de la interposición de la presente acción de defensa contaba con más de 80 años de edad, es considerado adulto mayor y goza de protección especial por la Constitución Política del Estado, que en su art. 68.II, prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación a las personas adultas mayores, señalando de la misma manera en el art. 67.I de la Constitución, que además de los derechos reconocidos en la Constitución Política del Estado, todas las personas adultas mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana.