SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1500/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1500/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que, la autoridad jurisdiccional demandada vulneró su derecho a la libertad y el principio de celeridad procesal, porque dentro del proceso penal seguido en su contra, ante el rechazo de su solicitud de cesación a su detención preventiva, interpuso apelación que se encuentra pendiente de resolución; no obstante ello, volvió a intentar su solicitud ante la misma autoridad, quien le negó el señalamiento de audiencia con el argumento que la apelación incidental contra el primer rechazo de cesación aún no había sido resuelta y luego, advertida del error ante los reclamos del imputado, señaló audiencia para treinta días después de realizada la petición y diecinueve posteriores al error. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Juez de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.