Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1522/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
I.2.2. Informe de las autoridades codemandadas
Los codemandados Vocales de la Sala Civil Primera y Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, no asistieron a la audiencia pública de consideración de la acción de amparo constitucional, ni presentaron informe escrito alguno, no obstante su legal citación cursante de fs. 605 vta. a 606.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades codemandadas
- “procedencia”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional, frente al proceso ordinario posterior al ejecutivo
- III.2. Fundamentos de la tutela constitucional solicitada por el accionante
- “conceder”
- REVOCAR