Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1531/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.2.
II.2. La notificación a la demandada dentro del proceso laboral, con la referida Sentencia, se practicó el 20 de enero de 2005, a horas 9:15, (fs. 29); el 25 del mismo mes y año, a horas 17:00, Ena Lourdes Chávez Vda. de Cuéllar, interpuso recurso de apelación (fs. 32 a 39); concediéndolo el Juez de la causa, en el efecto suspensivo, mediante Auto 114 de 21 de febrero del año mencionado año (fs. 44).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- III.1. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria - facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- III.2.1. Sobre el cumplimiento del plazo de caducidad para activar la jurisdicción constitucional
- III.2.2. Sobre el incumplimiento de los requisitos para ingresar a verificar la interpretación de la legalidad ordinaria
- REVOCAR