SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1583/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
a)
Por otra parte, el abogado de la CPS, en audiencia señaló: a) El Tribunal de garantías debió observar los requisitos establecidos para la presentación de un recurso constitucional como es la inmediatez y la subsidiariedad, en cuanto a este ultimo indicó que al ser denegada su solicitud por el Ministerio de Trabajo, debieron impugnar a través del recurso jerárquico administrativo, además tenían la facultad de acudir al órgano jurisdiccional como lo es los tribunales de justicia laboral y no lo hicieron, b) Asimismo, se advierte que no cumplieron los requisitos de fondo, al no ser claros en su petición, por tanto debió ser rechazado in limine, conforme a la jurisprudencia constitucional establecida; y, c) Hacen conocer al Tribunal de garantías que los accionantes están siendo sometidos a proceso penal por la supuesta comisión de delitos comunes; solicita sea rechazada in limine por corresponder a derecho.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados"
- “…1) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR