Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1583/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
i)
Mediante informe escrito cursante de fs. 134 a 137, El Administrador de la CPS, informó lo que sigue: i) En cuanto a Lourdes Cornejo Vidal, Nieves Rosario Hurtado Arce y Hugo Velasco Machicado, se hace conocer que como consecuencia de la ruptura laboral se les hizo la liquidación de sus beneficios sociales mediante finiquitos de 27 de octubre de 2008; ii) Los accionantes están siendo objeto de un proceso penal por la toma de la institución que resulta ser su mismo empleador; iii) Solicita que la presente acción tutelar sea rechazado in limine por no cumplir con los requisitos de subsidiariedad e inmediatez
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados"
- “…1) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR