Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1583/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.6.
II.6. El 25 de mayo de 2007, Lourdes Cornejo Vidal y Henry Gastón Riffarach, en calidad de dirigentes sindicales, se dirigen al Ministro de Trabajo, solicitando reconocimiento de Directiva (fs. 27). El 22 de ese mismo mes y año, se dirigen al Secretario Ejecutivo de la COB, pidiendo aval o reconocimiento como máxima entidad matriz de todos los trabajadores bolivianos, para que inicien el trámite ante el Ministerio de Trabajo (fs. 29 y 70).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- improcedencia
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados"
- “…1) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR