SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1585/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Refiere que dentro del proceso interdicto de adquirir la posesión que presentó con referencia a un bien inmueble ubicado en la calle Esteban Arze 7677 del cual es legítimo propietario, el mismo fue dividido entre los herederos de los propietarios primigenios, surgieron opositores que alegaron tener derechos sobre el bien, acción que concluyó con sentencia favorable a su persona salvando los derechos de los opositores a la vía ordinaria; sin embargo, Miriam y Raúl Villegas Ulunque, colocaron un candado en la puerta de acceso al domicilio donde su persona también es copropietaria, impidiéndole el ingreso, actitud que provocó que sus inquilinos queden en la calle y lo peor, dejando un anciano paralítico dentro.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- CONCEDIO en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica.
- III.2. En cuanto a la cesación de los efectos del acto lesivo impugnado a través de la acción de amparo constitucional
- III.3. De la defensa al derecho a la dignidad
- se concreta cada vez que se perturba, amenaza o priva de los derechos esenciales a la persona,
- III.4. Análisis del caso concreto
- que se perturba, amenaza o priva de los derechos esenciales a la persona,
- APROBAR