SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1598/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1598/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

III.3. Análisis del caso concreto

Los accionantes denunciaron que a través de la Resolución Ministerial 09/2009 de 14 de abril, el Concejo Municipal de Mecapaca, constituido por Concejales titulares, restituyó como Alcalde de ese Municipio a uno de ellos -Mario Rojas Poma-, pues se encontraba suspendido de sus funciones por haberse dictado en su contra una acusación formal, que quedó sin efecto legal mediante Resolución dictada dentro de un recurso de hábeas corpus. Sin embargo, luego de una irregular convocatoria efectuada por la Secretaria del Concejo Municipal y pese a que no se consignó en el orden del día la situación del Alcalde Municipal, las autoridades demandadas, en su condición de Concejales suplentes, el 19 de junio de 2009 dictaron de manera ilegal varias Resoluciones, entre ellas la Resolución Ministerial 016/2009, por la que se suspendió definitivamente del cargo de Alcalde Municipal y como Concejal Munícipe al co-accionante Mario Rojas Poma. Luego, por Resolución Ministerial 017/2009, de la misma fecha, se designó a Rosse Mery Gutiérrez Mamani como Alcaldesa del mencionado Municipio. Entre tanto, mediante Resolución Ministerial 014/2009, se aceptó la renuncia irrevocable del co-accionante José Arancibia Quisbert al cargo de Presidente del Concejo Municipal de Mecapaca, pese a que éste envió una nota oportunamente retirando dicha renuncia por haber sido formulada bajo presión y amenazas. Asimismo, los Concejales Fernando Sánchez Peña y Néstor Guillermo Ergueta reclaman que, pese a haber sido elegidos Concejales titulares, los suplentes asumieron sus funciones sin su autorización. En ese entendido, los accionantes solicitan ser restituidos a sus cargos de Alcalde, Presidente del Concejo Municipal y Concejales de Mecapaca.

Sin embargo, esta problemática ya fue conocida y resuelta a través de una  acción de amparo constitucional anterior, instaurada por Rosse Mery Gutiérrez Mamani -demandada- contra Néstor Guillermo Ergueta Chipana, Fernando Sánchez Peña Cusicanqui y José Arancibia Quisbert (accionantes), habiéndose dictado la Resolución 005/2009 de 7 de agosto, por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, como Tribunal de garantías,  a través de la cual se restituyó a la accionante Rosse Mery Gutiérrez Mamani al cargo de Alcaldesa de Mecapaca.

Por consiguiente, el 7 de agosto de 2009, un Tribunal de garantías conoció la problemática del Municipio de Mecapaca y dispuso que la Concejal Rosse Mery Gutiérrez Mamani asuma el cargo de Alcaldesa de Mecapaca, Segunda Sección de la provincia Murillo del departamento de La Paz, anulando la Resolución Ministerial 017/2009 de 9 de junio por la que se restituyó a Mario Rojas Poma en esas funciones. Dicha Resolución fue elevada en revisión a este Tribunal, por lo que mientras no se dicte la correspondiente Sentencia Constitucional, no es posible que se formule otra acción de tutela respecto a los mencionados hechos, de conformidad a la jurisprudencia anteriormente glosada.