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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1605/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1605/2011-R

    Fecha: 11-Oct-2011

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    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • 1)
    • a)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
    • se constituye en una garantía jurisdiccional  esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano-
    • El informalismo
    • presentación oral
    • III.2. Notificación personal con la Resolución que imponga medidas cautelares
    • acceso a los recursos y medios impugnativos, desechando todo rigorismo o formalismo excesivo, que impida obtener un pronunciamiento judicial sobre las pretensiones o agravios invocados
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • III.3. La acción de libertad y las lesiones al debido proceso
    • deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
    • III.4. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
    • efectivos y oportunos de defensa
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • La notificación se efectuará mediante la entrega de una copia de la resolución al interesado
    • APROBAR

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