SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1692/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
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Por otra parte, la investigadora asignada al caso, Maribel Vergara Renjifo, en audiencia, señaló que: i) A partir de tener conocimiento de la entrega de cinco aprehendidos que se encontraban en estado de ebriedad, se procedió respetando todos sus derechos; ii) Los detenidos exponen una serie de mentiras; iii) Al ser remitidos los detenidos a la FELCC, el funcionario policial a cargo practicó la requisa de rutina encontrando en poder de los detenidos, botados en el patrullero, dos celulares blancos; en ese momento, tenía en su escritorio un total de ocho celulares, de entre ellos el padre de una de las víctimas, Oscar Luján Rojas, reconoció uno de ellos que pertenecía a su hija, víctima del hecho; y, iv) No es cierto que pasaron la noche desprotegidos en las celdas, pasaron la noche en su oficina.
El codemandado, Oscar Luján Rojas, reconoció a los menores, dijo que vio todo lo que ellos hicieron y escuchó sus intenciones de cometer el delito de violación contra las menores y prestar apoyo a quienes participen en el hecho, describiendo su versión de los hechos que dan lugar a la aprehensión de los menores presuntos infractores y la apertura del proceso en su contra ante el Juzgado de la Niñez y Adolescencia.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- : i
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. De la inaplicabilidad de las reglas de subsidiariedad a las acciones de libertad en casos con menores involucrados
- III.3. Respecto a la normativa legal aplicable al caso de autos
- supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción
- .a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión,
- sólo se puede tutelar la garantía del debido proceso cuando el acto lesivo sea la causa directa para la restricción del derecho a la libertad y exista estado absoluto de indefensión;
- y sólo de manera excepcional se podrá prescindir del agotamiento de esos recursos cuando el accionante hubiese estado en absoluto estado de indefensión
- III.5. Análisis del caso