Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1714/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.6.
II.6. Cursan memorandos de 3 de agosto y 9 de septiembre de 2009, dirigidos al representado del accionante, emitidos por la autoridad demandada, instruyendo por el primero, que debía presentarse en las oficinas de la Dirección Distrital, en horario y turno en el que desempeñaba sus funciones como Director de la Unidad Educativa; y, el segundo, que tenía que presentarse a partir de esa fecha en la unidad educativa "Pantini", turno mañana, a fin de prestar servicios como profesor de educación física, mientras se instaure y dure el proceso disciplinario. Ambos memorandos indican en su parte inferior que el representado del accionante no quiso recibir los mismos (fs. 107 a 108).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. L
- procedimiento administrativo
- Fragmento 17
- enviadas al Ministro de Educación, al Director Departamental del SEDUCA de La Paz, al Secretario Departamental de Política Social Comunitaria de la Prefectura del departamento de La Paz y al propio Director Distrital de Educación "2" del SEDUCA
- Director Departamental del SEDUCA La Paz, el Secretario Departamental de Política Social y Comunitaria de la Prefectura del departamento de La Paz, así como al propio Ministro de Educación,
- REVOCAR