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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1726/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1726/2011-R

    Fecha: 07-Nov-2011

    Fragmento 14

    Por lo señalado, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones y alcances de la acción de libertad, por lo que el Juez de garantías al haberla declarado "improcedente", aunque en uso de terminología errada y con otros fundamentos, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes procesales.

    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • "improcedente"
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 8
    • Fragmento 9
    • parte recurrente debe acompañar la prueba suficiente y necesaria que acredite la veracidad de las acusaciones que formula
    • debe obedecer a la certeza plena de que realmente existió o no la vulneración del derecho a la libertad física
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • ni a momento de la presentación de la demanda ni en audiencia, se acompañó la prueba que supuestamente no hubiere sido valorada adecuadamente o dejada de lado por las autoridades demandadas
    • Fragmento 14
    • APROBAR

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