Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1766/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.5.
II.5. El 13 de septiembre de 2010, mediante memorial dirigido a los Jueces del Tribunal de Sentencia Segundo, el accionante solicitó la cesación a la detención preventiva y el 21 de septiembre del mismo año, en audiencia de medida cautelar de conformidad al art. 235 del CPP, el Tribunal resolvió rechazar dicha solicitud (fs. 25 a 31 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 4
- a)
- IMPROCEDENTE”
- I.3 Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. De la detención preventiva
- III.3. Cesación de la detención preventiva y presupuestos que deben valorarse a momento de resolver
- III.4.
- Fragmento 18
- APROBAR