SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1789/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1789/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

1)

El Fiscal de Materia, Daniel Nuñez Vela Bruening, mediante informe cursante de fs. 7 a 10, indicó que: 1) Desde el 26 de agosto de 2010, existe una denuncia interpuesta ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) por Elsa Flores Moisés contra el imputado, por el delito de abigeato, hecho que motivó que el suscrito Fiscal, dentro del término previsto por el art. 298 del CPP, informe del inicio de la investigación; 2) El 7 de septiembre del mismo año, el imputado presentó un memorial ante el Juez cautelar anunciando doble persecución penal y solicitando informes y certificaciones a un funcionario policial; quien reconoce haber recibido una denuncia, pero no señala que hubiese sido informado a su autoridad de la misma; 3) El 11 de octubre de 2010, emitió la imputación formal contra el accionante, derivando el señalamiento de audiencia de medidas cautelares para el 4 de noviembre de 2010; 4)  El 3 de noviembre de 2010, el accionante presenta incidente de nulidad ante el Juez cautelar de Santa Ana de Yacuma, en la que se aduce la supuesta doble persecución penal, solicitando la nulidad todo lo actuado; 5) El 4 de noviembre de 2010, el Juez cautelar admitió el incidente de nulidad corriendo traslado a las partes y rechazando la solicitud de suspensión de la audiencia de medidas cautelares; 6) Al no haber comparecido a la audiencia cautelar y sin que exista un justificativo de esa incomparecencia, se solicitó la rebeldía y el mandamiento de aprehensión correspondiente; 7) El accionante no agotó todos los medios ordinarios para solicitar la restitución de sus derechos procesales; y, 8) No existe prueba documental que justifique la incomparecencia a la audiencia de medidas cautelares.