Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1794/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
III.2. En cuanto a la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
La SC 0233/2011-R de 14 de marzo estableció que, “… La acción de amparo constitucional establecida por el art. 128 de la CPE, ha sido instituida como una acción tutelar de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y la ley; así ha sido entendida dentro la jurisprudencia sentada por la SC 0411/2010-R de 28 de junio, entre otras.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. En cuanto a la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- Fragmento 14
- improcedente
- APROBAR