SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1819/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.5.
II.5. Al instalarse la audiencia señalada, se informó a la Jueza cautelar sobre la presentación de dos memoriales; uno de recusación que no cumplían con las formalidades legales al no estar firmados por el interesado, y otro que solicita la suspensión de la audiencia de modificación de medidas sustitutivas; estos memoriales fueron analizados y la autoridad jurisdiccional resolvió proseguir con la audiencia, toda vez que el memorial de recusación fue observado por el Ministerio Público y la parte querellante. Se suspendió la audiencia de modificación de medidas sustitutivas, así como del incidente de nulidad, hasta que los interesados la soliciten nuevamente; pero, se prosiguió con la audiencia de medidas cautelares.
- I.1.1
- I.2.Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2.
- “
- III.4. Análisis del caso concreto
- a)
- a) Respecto a la recusación presentada contra la autoridad judicial demandada
- i)
- c) Sobre la detención preventiva
- denegar
- APROBAR