SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1832/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1832/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

Por memorial presentado el 12 de enero de 2011, cursante de fs. 3 a 4, el accionante manifiesta que, fue imputado por los delitos de tentativa de homicidio y otro, por lo que en audiencia de medidas cautelares, el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal de El Alto, por Resolución 341/2010 de 4 de noviembre, dispuso asuma su defensa en libertad y cumpla medidas sustitutivas a la detención preventiva; fallo apelado por la querellante, al amparo del art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), señalando que la documentación acompañada era insuficiente, pues no adjuntó documentación que acredite derecho propietario del domicilio señalado como domicilio, tampoco el “NIT”, siendo revocado disponiendo su detención preventiva.

Posteriormente, pidió la cesación de la medida cautelar, adjuntando la documentación extrañada, suspendiéndose la audiencia por falta del cuaderno de investigación. Reiteró su solicitud; y por segunda vez, se suspendió la audiencia, por no haberse remitido el mandamiento de conducción para que asista a la misma. Nuevamente pidió se señale audiencia; empero, el Juez demandado por tercera vez dispuso la suspensión, porque la Fiscal, Rita Sánchez Tórrez, fue recusada y no podía llevarse a cabo la misma; atendiendo además las solicitudes del querellante y la Fiscal suplente, y habiendo pedido aclaración de la suspensión, el Juez señaló que era porque no se resolvió la recusación, vulnerando así sus garantías constitucionales, pues estando las partes notificadas y presentes en la audiencia, con el cuaderno de investigaciones remitido, no correspondía la suspensión, considerando que si el Fiscal de Distrito no resolvía la recusación, las audiencias se suspenderían sistemáticamente.