SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1847/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1847/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

III.1.1. Valoración de la prueba e interpretación de la legalidad ordinaria, facultades privativas de la jurisdicción ordinaria

Hechas las precisiones previas, es menester insistir que dicho examen es privativo de la jurisdicción ordinaria; así, la valoración de los elementos indiciarios es una actividad realizada por el juzgador para otorgar el valor acreditante a los mismos; y con esa base, emitir la decisión de aplicación o no de determinada medida cautelar, expresando las razones y el camino deductivo que le condujeron a dicha decisión, sustentado en los principios de la lógica, la experiencia común y la razonabilidad. De allí, se infiere que toda resolución dictada por una autoridad jurisdiccional, precedida de la actividad de valoración o ponderación probatoria y de elementos de convicción, necesariamente debe estructurarse con la debida motivación y fundamento, como elementos propios de la garantía del debido proceso.