Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1863/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega como vulnerado el derecho a la libertad de locomoción de su representado, por cuanto fue detenido por funcionarios policiales de UMOPAR que allanaron su domicilio ubicado en calle Oruro esquina Julio Vieira, sin exhibir ningún mandamiento y trasladado a dichas dependencia manteniéndolo incomunicado, privándolo de ser asistido por un abogado defensor. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegó
- I.3.
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción a la legitimación pasiva en la acción de libertad
- dejó también establecido que es posible
- acción se dirige, por error, contra una autoridad diferente a la que causó la lesión
- III.2. El Ministerio Público y el principio de unidad
- III.3. Marco legal del mandamiento de allanamiento
- La aprehensión también es una privación de libertad breve, pero que tiene un fin específico, poner al aprehendido a disposición de la autoridad competente; puede ser ejecutada por la Policía Nacional (art. 227 del CPP) y por particulares (art. 229 CPP). La aprehensión practicada por la policía, será procedente en delitos flagrantes,
- Trinidad Nº 895, entre calles Baure y Reyes de Gilson de Andrade Gómez y/o Gilson de Andrade,
- REVOCAR