Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1872/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.6.
II.6. El 6 de diciembre de 2010, por memorial dirigido al Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, la Fiscal de Materia adscrita a la División Propiedades, imputo formalmente a Erick Alfonso Venegas Jiménez, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, requiriendo audiencia de medidas cautelares para determinarse la detención preventiva, haciendo conocer que el imputado se encuentra aprehendido en dependencias de la FELCC (fs. 119 a 131).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- empero la existencia de esta garantía constitucional, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus, actualmente acción de libertad
- previamente se deben agotar los mecanismos de protección específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido
- …que en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional..
- III.3. El caso en análisis
- APROBAR