Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1914/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
II.1.
II.1. El Tribunal del Distrito Judicial de Sentencia Tercero de Santa Cruz, el 7 de marzo de 2008, pronunció sentencia dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular de Cristian Rivero Encinas contra Juan Gino Finetty Justiniano, declarando a éste, culpable de la comisión de los delitos de falsedad ideológica, material y uso de instrumento falsificado, imponiéndole la sanción de cuatro años de privación de libertad, sentencia que debió ser leída el mismo día, pero sin embargo, fue leída el 29 de dicho mes y año, por la inasistencia de la Presidenta del Tribunal (fs. 20 a 31).
- Acción de Libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento indebido
- como tampoco supuestas irregularidades que impliquen procesamiento indebido que no hubieran sido reclamadas oportunamente ante la autoridad judicial competente
- la acción de libertad no es el medio idóneo para analizar los rechazos o negativas a conceder la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- que este Tribunal, ha dejado establecido en su uniforme jurisprudencia, que la extinción de la acción penal, debe ser planteada, mediante la acción de amparo constitucional
- III.4. El caso en análisis
- APROBAR