Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1929/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 19 de junio de 2010, la parte civil solicitó la revocatoria de las medidas sustitutivas (fs. 12 y vta.); mediante Resolución 371/2010 de 23 de junio, el Juez de Instrucción en lo Penal Cautelar Segundo, Sergio Vásquez Jiménez, revocó las medidas sustitutivas, disponiendo la detención preventiva del imputado José Daniel Vargas Aparicio (fs. 16 a 17).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 10
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- Fragmento 12
- se hubiera apartado de las previsiones legales que rigen el acto procesal como de los marcos de razonabilidad y equidad previsibles para decidir
- III.3. Análisis del caso
- III.3.1. Sobre la actuación de los Vocales y Juez ahora demandados
- III.3.2.
- -no son trascendentes-
- Fragmento 18
- III.3.3. Sobre la celeridad denunciada mediante la presente acción