SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0004/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

concedió en parte

La Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca mediante Auto 45/09 de 4 de marzo de 2009, cursante de fs. 21 a 24, concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que el Tribunal Primero de Sentencia de la Capital, de inmediato se pronuncie sobre la solicitud de extinción de la acción penal, planteada por el representado del accionante. Resolución pronunciada con los siguientes fundamentos: i) Para que se active la acción de libertad por procesamiento indebido, los actos u omisiones deben estar vinculados con la libertad, como causa directa de su restricción y debe existir absoluto estado de indefensión, según se ha dispuesto por las SSCC 1865/2004-R y 0619/2005-R; ii) La remisión ante el Tribunal Primero de Sentencia de la Capital, así como la Resolución que rechazó la actividad procesal defectuosa, planteada por la defensa no está vinculada de manera directa con la amenaza de restricción o supresión del derecho a libertad del acusado, quien tampoco se ha encontrado en absoluto estado de indefensión, por lo que por este extremo no corresponde conceder la tutela; iii) Con carácter previo a la declaratoria de rebeldía del acusado y orden de aprehensión,  el acusado planteó la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, solicitud que hasta la fecha no ha merecido pronunciamiento por los demandados; y, vi) Los incidentes de extinción de la acción penal deben ser resueltos con prioridad y con carácter previo a cualquier otra decisión, por lo que los demandados al haber dispuesto la rebeldía y aprehensión del acusado, sin haber resuelto previamente el incidente de extinción, planteado con anterioridad, incurrieron en procesamiento indebido restrictivo del derecho a la libertad del acusado.