SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

Fragmento 14

         La denunciante circunscribe su demanda a dos aspectos principales; el primero referido a una aprehensión ilegal carente de sustento, porque no obstante haber comparecido en la hora indicada al llamado de la autoridad fiscal para prestar su declaración informativa, se requirió por su aprehensión, cuando en los hechos aconteció que se adelantó la hora de recepción de dicho actuado; y, en segundo lugar, la existencia de incongruencia entre la imputación formal y la aplicación de medidas cautelares donde se le atribuyen delitos distintos; sin embargo, de la revisión de antecedentes, se constata la existencia de un proceso de investigación en curso, iniciado por el Ministerio Público contra la accionante como emergencia de la denuncia presentada por Eunice Villarroel Vacaflor y Nila Torrico Rivera, por la presunta comisión del delito de falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado; posteriormente se efectuó la imputación formal requiriendo medidas cautelares sustitutivas, constando el aviso del inicio de las investigaciones y la celebración de la audiencia de medidas cautelares, según aseveraciones de la accionante y Tribunal de garantías; constituyendo ese momento procesal el oportuno para acudir ante el Juez cautelar, quien, como se adujo en el fundamento precedente, es el llamado a ejercer el control de la investigación cuando se considere que durante su desarrollo se lesionaron derechos y/o garantías constitucionales por estos organismos, máxime si, conforme previene el art. 279 del CPP, actúan siempre bajo control jurisdiccional.