Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0008/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
En el informe cursante a fs. 10, la autoridad demandada informó que la accionante fue aprehendida el 18 de marzo de 2009 y conducida a dependencias del Ministerio Público, cumpliendo lo establecido en el art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y luego de ser remitida ante Juez cautelar, efectuó imputación formal solicitando medidas sustitutivas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- procesamiento indebido,
- persecución ilegal
- o a la persona denunciada
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR