Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
Fragmento 17
Los accionantes alegan que, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, ahora demandado, mediante Resolución 117/09 de 9 de marzo de 2009, dispuso su detención preventiva, omitiendo exponer los fundamentos para generar la convicción sobre la probabilidad de autoría del delito que se les imputa, el riesgo de fuga y peligro de obstaculización y, que incumplió con el control jurisdiccional, toda vez que, no se pronunció respecto a la detención ilegal de la que fueron objeto por parte de los comunarios de la provincia Ingavi comunidad Conchacollo de Machaca, y la Resolución de imputación formal, no llega a incluir el tipo penal que describe dicha conducta.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 11
- resolución que disponga
- “I.
- II.
- es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados, en el que el tribunal superior, tiene la oportunidad de corregir, en su caso, los errores del inferior invocados en el recurso
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Sobre la supuesta detención ilegal
- III.5.2. Sobre la Resolución de imputación formal
- REVOCAR