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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0063/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0063/2011-R

    Fecha: 07-Feb-2011

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 2
    • improcedente
    • I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar
    • III.1.1. Ámbito de protección de la acción de libertad, frente a presuntas lesiones al debido proceso
    • En síntesis, la acción de libertad sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad, como causa directa; es decir, con su restricción, supresión o amenaza de estas lesiones y en el supuesto de evidenciarse absoluto estado de indefensión; caso contrario, la parte accionante deberá acudir a la instancia pertinente cuando se alegue vulneración al debido proceso
    • III.1.2. Nociones respecto a la legitimación pasiva en esta acción tutelar
    • III.2. Fundamentos de la pretensión de la accionante, en relación a la naturaleza jurídica de la acción de libertad y los alcances de su tutela
    • ordenar la tutela
    • APROBAR

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