SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0095/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

I.2.1 Ampliación de la acción

El accionante, en audiencia ratificó el tenor íntegro de la demanda de acción de libertad y ampliando sus fundamentos, indicó que por Resolución 43/2009, se dispuso la detención preventiva de su representada, en atención a los arts. 233 y 234 del CPP; pero, según corrobora el certificado médico de 1 de abril de 2009, -adjuntado a la solicitud de cesación de la referida medida cautelar- se estableció el estado de gestación de Nora Milga Apaza Churaticona, entre doce a trece semanas; no obstante, el Juez demandado -sin fundamento necesario- pronunció la Resolución 191/09, rechazando dicha petición, sin considerar que de acuerdo al estado de gravidez de su representada, correspondía la aplicación de medidas sustitutivas.