Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0099/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
a)
El accionante solicita que la acción sea declarada “procedente” disponiéndose: a) La inmediata reconexión de agua potable a las ciento veinte familias afectadas; b) La devolución de la sede de la Asociación conjuntamente los pozos, las bombas, el “hidropulmón”, los tableros de control y la planta de tratamiento, más el pago de daños y perjuicios evaluados en $us50 000.- (cincuenta mil dólares estadounidenses); y c) La remisión de antecedentes al Ministerio Público.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1.
- dignidad
- “Toda persona tiene derecho al agua y a la alimentación”
- servicios básicos de agua
- III.1.2.
- III.1.3.
- III.2. Análisis del caso concreto