SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0123/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0123/2011-R

Fecha: 21-Feb-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El 24 de marzo de 2009, fueron víctimas de allanamiento de su domicilio y mientras se encontraban reducidos en el suelo -boca abajo-, requisaron el inmueble, sin encontrar ninguna evidencia relacionada con sustancias controladas; sin embargo, uno de los efectivos ingresó por la puerta trasera del domicilio con unas bolsas nylon, que ellos desconocían, indicando que tenía olor a sustancias controladas, por lo que fueron aprehendidos y conducidos a dependencias de (UMOPAR).

El 25 de marzo de 2009, fueron imputados a más de veintiséis horas de ser aprehendidos; es decir, incumpliendo lo establecido por los arts. 26 y 303 del Código de Procedimiento Penal (CPP), ilegalidad que fue puesta a conocimiento del Juez cautelar, quien declaró legal la misma prosiguiéndose la audiencia de medidas cautelares. En dicha audiencia, se observó contradicciones en la imputación, dentro de ellas, que las bolsas fueron encontradas en la parte trasera del patio, que sólo se les había encontrado dinero y documentos personales; además de indicar que nunca hubo pesaje de sustancias controladas, sólo pesaron bolsas de diferentes colores, sin exhibir un sólo gramo de la supuesta sustancia prohibida. En ese entendido, no se cumplió con el art. 233.1 del CPP, ya que no existen los elementos de convicción suficientes para sostener que los imputados son con probabilidad, autores o partícipes del hecho punible, lesionando sus derechos a la libertad, a la presunción de inocencia, al debido proceso y al principio de legalidad.

De conformidad al art. 251 del CPP, presentaron recurso de apelación, efectuando todas las observaciones anteriores, incluida la incautación del inmueble; empero los Vocales demandados no se pronunciaron sobre el fondo de la apelación, en especial sobre la inexistencia de sustancias prohibidas, la aprehensión ilegal, entre otros, y más bien convalidaron los actos demandados.