Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0123/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.5.
II.5. Por Resolución 53/2009 de 26 de marzo, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, resolvió aplicar la medida cautelar de detención preventiva de los imputados -ahora accionantes- por existir suficientes indicios que los imputados son con probabilidad autores o partícipes del delito de tráfico de sustancias controladas, y que no se someterán al proceso y obstaculizaran la averiguación de la verdad (art. 233.2 del CPP) (fs. 49 a 51 vta.).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 8
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre el plazo de remisión de los aprehendidos ante el Juez cautelar
- 0760/2003-R
- III.3. Sobre la valoración de la prueba en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
- III.4. El caso concreto analizado
- legalidad
- el 24 de marzo de 2009, a horas 13:00,
- APROBAR