Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0132/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
I.1.3. Petitorio
Solicita se le conceda tutela y se disponga dejar sin efecto el memorándum DESP.PREF CITE 309/2008 de 25 de septiembre, ordenando su restitución en forma inmediata al mismo cargo y con igual nivel salarial en el que venía desempeñando, además de ordenar se proceda a la cancelación de sus haberes desde el 25 de septiembre de 2008, más el pago de daños y perjuicios.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los derechos fundamentales de las personas discapacitadas
- III.2. Sobre la no incidencia de la subsidiariedad respecto a los derechos fundamentales de las personas con discapacidad
- III.3. La protección del Estado a los derechos sociales y económicos
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR