Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
a)
Solicita que la presente acción sea declarada procedente y se ordene: a) La nulidad de la notificación con la liquidación y se la vuelva a practicar en la forma establecida por los arts. 137.I inc. 5) y II del CPC; y en la línea jurisprudencial contenida en la SC 1757/2004-R de 4 de noviembre; b) La inmediata libertad de su representado; y, c) La reparación de daños y perjuicios.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la asistencia familiar
- III.2. Conflicto y ponderación de derechos fundamentales
- III.3. Sobre el absoluto estado de indefensión
- III.4. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- REVOCAR