Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
II.2.
II.2. El 15 de enero de 2009, el Secretario Abogado del Juzgado a cargo del proceso, elaboró nueva planilla de liquidación, la que ascendía a la suma de Bs20 773.- (veinte mil setecientos setenta y tres bolivianos) adeudados por el obligado (fs. 18 y vta.), a quien se le notificó el 16 del mismo mes y año, en su domicilio procesal de calle Linares 66, en presencia de testigo (fs. 19), y ante el incumplimiento en su cancelación, Silveria Melchor Callapino y su hija mayor de edad, Sandra Menacho Melchor, el 28 de enero de 2009, solicitaron la emisión de mandamiento de apremio (fs. 20).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la asistencia familiar
- III.2. Conflicto y ponderación de derechos fundamentales
- III.3. Sobre el absoluto estado de indefensión
- III.4. Análisis del caso concreto
- ordenar la tutela
- REVOCAR