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    AUTO CONSTITUCIONAL 087/2011-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 087/2011-RCA

    Fecha: 10-Mar-2011

    I.3. Petitorio

    Solicita se conceda la tutela, dejando sin efecto el Auto de Vista 243/09, emitido por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, y se dicte uno nuevo considerando los agravios expresados en el recurso de apelación formulado por su persona como el formulado por Silvestre Plata Mamani.

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • I.3. Petitorio
    • rechazó in límine
    • II.1. Consideraciones   previas:   Aplicación   de   la   Ley   del   Tribunal Constitucional
    • Fragmento 6
    • requisitos de contenido los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,
    • que el recurrente debe demostrar que tiene legitimación activa, porque es la persona afectada en sus derechos fundamentales por los actos denunciados; y de otro, de no actuar por si misma, que representa a la persona perturbada en el goce de sus derechos;
    • En cuanto a los requisitos de forma,
    • se identificó a los terceros interesados.
    • En cuanto a los requisitos de contenido señalados en los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,
    • 2º       Disponer

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