AUTO CONSTITUCIONAL 103/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 103/2011-RCA

Fecha: 16-Mar-2011

2º   Previa diligencia de notificación al accionante y a ambas autoridades, por Secretaría General, remítase antecedentes a la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, para que imprima el trámite que considere pertinente; es decir, verifique la existencia o no de causales de improcedencia de la acción, luego, el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y, en su caso, su concesión o denegatoria, según corresponda en derecho.