AUTO CONSTITUCIONAL 103/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 103/2011-RCA

Fecha: 16-Mar-2011

Carmen Ruth Trujillo Cardenas y Calixto Chipana Callisaya, actual y ex Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social; y, Eva Quino Valdez y Jacqueline Villegas de Montes, actual y ex Gerente General de la Aduana Nacional

En ese contexto, el competente para conocer y resolver la presente acción es el Tribunal de garantías del lugar donde se cometió la lesión del derecho fundamental, que en este caso resulta ser el lugar donde cumplen funciones las autoridades demandadas; ahora bien, la acción es formulada contra Carmen Ruth Trujillo Cardenas y Calixto Chipana Callisaya, actual y ex Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social; y, Eva Quino Valdez y Jacqueline Villegas de Montes, actual y ex Gerente General de la Aduana Nacional, autoridades que pronunciaron las Resoluciones impugnadas a través de la presente acción en la ciudad de La Paz, lugar sede de sus funciones y lugar de su domicilio laboral; en consecuencia, se concluye que es competente para conocer y resolver la presente acción de amparo constitucional, la Sala Social y Administrativa Tercera del Distrito Judicial de La Paz.