SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0197/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0197/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

3º  Se establece una multa equivalente a tres días de haber en contra de la jurista infractora, dineros que deberán ser depositados en favor del Órgano Judicial, encargándose su ejecución y cumplimiento a la Jueza de la causa, advirtiéndose que de incurrir nuevamente en actitudes similares se procederá a la remisión de antecedentes a la oficina de Defensa Pública del Distrito Judicial de Cochabamba, con la finalidad de que se investigue y en su caso se sancione su accionar.