SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0197/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0197/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alega que se ha vulnerado su derecho a la pronta y efectiva acción de la justicia, toda vez que habiendo transcurrido superabundantemente el plazo dispuesto en el art. 134 del CPP, respecto al plazo establecido para la extinción de la acción en la etapa preparatoria, sin que la Jueza de la causa -hoy demandada- se hubiere pronunciado al respecto, ocasionando su procesamiento indebido. En consecuencia corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.