SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0229/2011-R

Fecha: 14-Mar-2011

denegó

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 100/2009 de 8 de abril, cursante de fs. 41 a 43 vta., por la que denegó la acción, considerando que: Si bien la Ley 975 es protectora de la mujer embarazada, no es aplicable a autos, toda vez que el contrato suscrito entra la accionante y el SEDES de Chuquisaca, es a plazo fijo, por lo que no se encuentra violación alguna de derechos constitucionales, citando en ese sentido jurisprudencia constitucional que respalda su posición legal y consecuente fallo.