Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0238/2011-R
Fecha: 16-Mar-2011
Fragmento 18
Los argumentos desarrollados, son aplicables al asunto examinado, en el que los accionantes denuncian estar sujetos a un procesamiento ilegal y persecución indebida, expresando que el Fiscal de Materia demandado, lleva una investigación por hechos ya juzgados, habiéndolos citado para prestar su declaración informativa en la ciudad de La Paz, por lo que existiría amenaza de emitirse mandamientos de aprehensión en su contra. Pidiendo, cese dicha actuación considerada como ilegal, ordenando dejar sin efecto cualquier mandamiento de aprehensión u otra medida que restrinja sus derechos.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “procedente”
- 1)
- I.3.Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.De los alcances y ámbito de protección de la acción de libertad
- Fragmento 14
- quien ha sido objeto de esa lesión, debe pedir la reparación a los jueces y tribunales ordinarios, asumiendo activamente su rol dentro del proceso, a través de los medios y recursos que prevé la ley, y sólo agotados éstos, se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del amparo constitucional, como medio idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso
- Fragmento 16
- la persecución indebida debe verse materializada en actos o acciones que permitan concluir la existencia de una amenaza a este derecho, en consecuencia, si no se advierte la orden o emisión de ningún mandamiento que disponga la privación de libertad personal o de locomoción del actor, no es posible admitir que éste estuviera indebida o ilegalmente perseguido, por cuanto, es irracional suponer que podría ejecutarse una disposición que no existe ni existió jamás
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- ordenar la tutela
- REVOCAR