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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2011-R

    Fecha: 16-Mar-2011

    II.4.

    II.4.  Del formulario de citación/notificación se evidencia que en las oficinas de la Superintendencia Forestal de Pando, a horas 16:24 del 17 de septiembre de 2007, se notificó personalmente a Gastón Gonzales Jioy con el Auto administrativo 017/2007, informando en la parte final de la diligencia que el supuesto infractor se negó a firmar, constando la huella dactilar y firma del testigo Hugo Antonio Zabala, con cedula de identidad 1745127-de Pando (fs. 18).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 2
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el  Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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