Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2011-R
Fecha: 16-Mar-2011
II.5.
II.5. Una vez vencido el plazo para la presentación de pruebas de descargo (fs. 19). Por Auto de 16 de octubre de 2007, la Directora Departamental de Pando de la Superintendencia Forestal, de Pando declaró cerrado el mismo (fs. 20). Notificándose a Gastón Gonzales Jioy el 16 de octubre de 2007, en oficinas de la Superintendencia Forestal de Pando (fs. 21).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR