SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0246/2011-R
Fecha: 16-Mar-2011
II.7.
II.7. Por Resolución Administrativa (RA) RD-DDP 241/2007 de 21 de noviembre, la Directora Departamental de Pando de la Superintendencia Forestal, determinó declarar ilegal el desmonte de 150 has, efectuado por Gastón Gonzales Jioy, aplicando una multa total de $us36 154.- (treinta y seis mil ciento cincuenta y cuatro dólares estadounidenses e intimándolo a su pago a tercer día de su legal notificación, así como la remisión de antecedentes al Ministerio Público (fs. 30 a 33). Notificando al afectado en Secretaria de las oficinas de la Superintendencia Forestal de Pando, el mismo día a horas 11:00 (fs. 34), declarándola ejecutoriada mediante Auto de 11 de enero de 2008 (fs. 40 a 41), y notificado en tablero de la instancia administrativa, previo informe de la Auxiliar Jurídica en el que señaló no ser habido el procesado (fs. 42) el 7 de febrero de 2008 a horas 10:30 (fs. 43).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR