SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0253/2011-R
Fecha: 16-Mar-2011
que importa es que la primera acción fue dirigida también contra ellos
De acuerdo a los antecedentes y argumentos expuestos, es evidente que el accionante presentó una anterior acción de amparo constitucional, que guarda identidad de sujetos, objeto y causa, con la presente acción. Efectivamente, en cuanto a los sujetos, la primera acción fue presentada por Edgar Montellano Aparicio en representación del Banco Sur S.A. contra Rosario Canedo Justiniano, Julio Ortiz Linares, Ministros de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, y los Conjueces de la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, y la segunda acción fue presentada por Raúl Marcelo Zabalaga Estrada Supervisor del Sistema Financiero, Síndico, Liquidador y Sustituto Procesal del Banco Sur S.A. contra Rosario Canedo Justiniano, Julio Ortiz Linares Ministros de la Sala Civil de la Corte Suprema, de donde resulta que en ambas acciones coinciden los sujetos procesales: si bien los sujetos activos son personas físicas diferentes; empero, ambos representan a una sola persona jurídica “Banco Sur S.A.”; en cuanto a los sujetos pasivos, también son los mismos, sin que tenga relevancia de el hecho que la segunda acción hubiera sido dirigida únicamente contra los Ministros demandados pues lo que importa es que la primera acción fue dirigida también contra ellos.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de amparo constitucional
- que importa es que la primera acción fue dirigida también contra ellos
- la causa,
- objeto
- denegó
- APROBAR