SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0257/2011-R
Fecha: 16-Mar-2011
fuente laboral estable
Como se advierte, la Constitución Política del Estado (CPE), desarrolla de manera amplia el derecho al trabajo, el cual, de acuerdo a la norma transcrita tiene diversos componentes; entre ellos, el trabajo digno con salario justo, equitativo y satisfactorio que asegure una existencia digna; una fuente laboral estable, y la protección estatal al ejercicio del trabajo.
La estabilidad laboral hace referencia a la permanencia en un puesto de trabajo sin que pueda ser despedido sin justa causa y por las razones expresamente señaladas por la Ley; estabilidad laboral que, de manera general, se extiende también a los servidores y servidoras públicas, siempre y cuando se cumplan con determinados requisitos previstos en la Ley, conforme se pasa analizar en el siguiente punto.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- c)
- d)
- e)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- fuente laboral estable
- III.2. La estabilidad laboral de las servidoras y servidores públicos
- regla de origen constitucional
- al art. 71 del EFP, los funcionarios provisorios no gozan de los derechos a los que hace referencia el art. 7.II del Estatuto, entre ellos, el previsto en el inc. a), referido a
- la jurisprudencia constitucional, a partir de la SC 0051/2002-R
- todo funcionario público provisorio o ex funcionario público provisorio puede ser sometido a proceso cuando se le atribuye la comisión de supuestas faltas
- si bien los funcionarios provisorios no tienen derecho a la estabilidad laboral, sí tienen derecho a un debido proceso cuando se les impute faltas en el ejercicio de sus funciones,
- No obstante lo expuesto, es necesario recordar que este Tribunal, ha sido contundente al establecer que independiente de la clase de servidor público del que se trate, cuando la motivación o causa para su destitución o retiro sea la imputación o atribución de la comisión de faltas en el ejercicio de sus funciones, es decir, por responsabilidad por la función pública, es exigible que los servidores públicos en cualesquier categoría tengan derecho a un previo y debido proceso
- a los funcionarios provisorios, cuando se los desvincula de su fuente de trabajo por un supuesto mal desempeño funcionario -como sucede en la especie-,
- III.4. Análisis del caso concreto
- directamente designado
- APROBAR