SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0265/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
II.1.
II.1. Mediante Resolución con número ilegible de 19 de abril de 2002, el representante del Ministerio Público, rechazó la denuncia y querella formulada por Aiden Vaca Guzmán Prado contra Alberto Pozo Vedia (accionante), por la supuesta comisión de los delitos de estafa, complicidad en el delito de estelionato y peculado (fs. 1 a 4); ante lo cual el querellante solicitó la conversión de acciones ante Juez cautelar de Camiri (fs. 5), pedido que fue rechazado por esa autoridad mediante Auto de 7 de noviembre de 2002 (fs. 6 y vta.); asimismo, el 31 de enero de 2003, el mismo Juez, aceptó y autorizó la conversión de la acción penal pública en privada, determinación que en apelación fue revocada mediante Auto de Vista 26 de 25 de febrero de ese año (fs. 12 y vta.); posteriormente el imputado mediante memorial presentado el 20 de abril de 2003, solicitó a la autoridad fiscal la extinción de la acción penal (fs. 8), que fue aceptada por Resolución de 22 de abril de 2003 (fs. 9), y ratificada por la autoridad judicial mediante Auto de 10 de junio de igual año (fs. 10 a 11).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- SC 0895/2010-R
- III.3. Análisis del caso concreto
- está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción…”
- a momento de la interposición de la presente acción de libertad, estaba en libertad, y tampoco existe en su contra ninguna orden o mandamiento de aprehensión
- APROBAR