SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0265/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0265/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a ser protegido en forma efectiva y eficaz, a la persecución penal única, a la “seguridad jurídica”, a ser escuchado en igualdad de oportunidades y a una correcta y pronta administración de justicia, aduciendo que el Juez demandado, no obstante que no resolvió la objeción a la querella y las excepciones que le fueron opuestas, y pese a existir una resolución por la que se ordena nueva citación y notificación con la acusación y pruebas de cargo; emitió la Resolución de 6 de enero de 2009, por la que dispuso la apertura de juicio oral; asimismo, en forma oportuna en juicio, formuló incidente de falta de acción; sin embargo, la misma autoridad ilegalmente decidió resolver el “incidente” en sentencia, sometiéndolo indebidamente a un injusto e indebido proceso, sin considerar que sobre los mismos hechos existen resoluciones fiscales y judiciales, por las que se rechazó la denuncia y querella, procediéndose a la extinción de la acción penal con archivo de obrados, las cuales además se encuentran con calidad de cosa juzgada. En consecuencia corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.