SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0296/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

1)

Iván Tito Valenzuela Galindo y Felicidad Rosario Cardozo de Valenzuela, a través de su abogada Karina Claudia Heredia señalaron que: 1) No se ha agotado todos los recursos ordinarios que la Ley franquea, pudiendo acudir a la vía jurisdiccional o administrativa, pues el Código Civil y el Código de Procedimiento Civil refieren mecanismos contra cualquier acto perturbatorio sobre la quieta posesión, olvidándose de la existencia del Reglamento interno que establece derechos, obligaciones, limitaciones y sanciones; y, 2) No han demostrado la conculcación de sus derechos fundamentales y las supuestas quejas son fraudulentas, obtenidas sin orden judicial.